RégimendePreciosdeTransferenciaenColombia2026
El Régimen de Precios de Transferencia regulan las operaciones realizadas entre empresas vinculadas, garantizando que se pacten conforme al principio de plena competencia exigido por la legislación colombiana. Durante 2026, los contribuyentes obligados deberán cumplir con la presentación de la Declaración Informativa y, según corresponda, elaborar el Informe Local, el Informe Maestro y el Informe País por País (CbCR). El incumplimiento de estas obligaciones puede generar sanciones económicas, ajustes fiscales y procesos de fiscalización por parte de la DIAN.
Por Julián Camilo Casas · CEO - Director

Precios de Transferencia en Colombia: Cumplimiento Tributario para Operaciones entre Partes Vinculadas
Las operaciones realizadas entre empresas vinculadas, tanto a nivel nacional como internacional, se encuentran sometidas al Régimen de Precios de Transferencia, un conjunto de normas cuyo propósito es garantizar que dichas transacciones se efectúen en condiciones de mercado, evitando distorsiones en la determinación de la base gravable del impuesto sobre la renta.
El principio rector de este régimen corresponde al Principio de Plena Competencia (Arm's Length Principle), conforme al cual las operaciones entre partes relacionadas deben pactarse en las mismas condiciones económicas y comerciales que habrían sido acordadas entre empresas independientes en circunstancias comparables.
El adecuado cumplimiento de estas obligaciones no solo permite atender los requerimientos establecidos por la DIAN, sino que constituye una herramienta de gestión del riesgo tributario para grupos empresariales con operaciones nacionales e internacionales.
¿Quiénes se encuentran obligados al Régimen de Precios de Transferencia?
De conformidad con los artículos 260-1 a 260-11 del Estatuto Tributario, deberán cumplir con las obligaciones del régimen los contribuyentes del impuesto sobre la renta que, entre otros supuestos:
- Realicen operaciones con vinculados económicos o partes relacionadas en el exterior.
- Efectúen operaciones con vinculados ubicados en Zonas Francas colombianas.
- Celebren operaciones con personas, entidades o establecimientos permanentes localizados en jurisdicciones no cooperantes, de baja o nula imposición o regímenes tributarios preferenciales.
- Cumplan los topes patrimoniales o de ingresos establecidos anualmente por la legislación tributaria para quedar sometidos al régimen.
Cada operación debe analizarse individualmente para determinar si genera obligaciones formales y documentales frente a la Administración Tributaria.
Obligaciones Formales del Régimen
Los contribuyentes obligados deberán elaborar y conservar la documentación soporte que permita demostrar que las operaciones fueron pactadas conforme al principio de plena competencia.
Declaración Informativa
Consiste en el reporte presentado ante la DIAN mediante el formulario correspondiente, en el cual se informan las operaciones realizadas con partes vinculadas durante el respectivo año gravable.
Informe Local (Local File)
Documento técnico que contiene el análisis económico de cada operación controlada, incluyendo:
- Caracterización funcional.
- Análisis de riesgos.
- Estudio de comparabilidad.
- Selección y aplicación del método de precios de transferencia.
- Determinación del rango de plena competencia.
Informe Maestro (Master File)
Presenta una visión integral del grupo multinacional, incluyendo:
- Estructura corporativa.
- Modelo de negocio.
- Activos intangibles.
- Política global de precios de transferencia.
- Financiamiento intragrupo.
- Distribución internacional de funciones y riesgos.
Informe País por País (Country by Country Report – CbCR)
Obligación aplicable a determinados grupos multinacionales que superan los umbrales establecidos por la legislación colombiana.
Este informe permite a las autoridades tributarias conocer la distribución global de:
- Ingresos.
- Utilidades.
- Impuestos pagados.
- Actividades económicas.
- Número de empleados.
- Activos por jurisdicción fiscal.
Métodos aceptados para determinar el Principio de Plena Competencia
La normativa colombiana reconoce los métodos recomendados por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), entre ellos:
- Precio Comparable No Controlado (CUP), que compara el precio pactado con operaciones similares realizadas entre partes independientes.
- Método del Precio de Reventa, utilizado cuando un bien adquirido a un vinculado es posteriormente comercializado a terceros.
- Método del Costo Adicionado, basado en adicionar un margen razonable al costo de producción o prestación del servicio.
- Métodos Transaccionales de Utilidad Operacional, que evalúan la rentabilidad obtenida por las partes involucradas.
- Método de Partición de Utilidades, mediante el cual se distribuyen los beneficios obtenidos conforme a las funciones, activos y riesgos asumidos por cada empresa del grupo.
La selección del método debe responder a las características particulares de cada operación y sustentarse mediante un análisis económico robusto.
Riesgos y Sanciones por Incumplimiento
El incumplimiento de las obligaciones derivadas del Régimen de Precios de Transferencia puede generar importantes consecuencias económicas y fiscales, entre ellas:
- Sanciones por la no presentación de la Declaración Informativa.
- Sanciones por la omisión o falta de preparación de la documentación comprobatoria.
- Sanciones por presentación extemporánea.
- Ajustes efectuados por la DIAN al valor de las operaciones.
- Mayor impuesto a cargo.
- Liquidación de intereses.
- Imposición de sanciones tributarias adicionales derivadas de procesos de fiscalización.
Además del impacto económico inmediato, una documentación insuficiente incrementa significativamente el riesgo de controversias tributarias y actuaciones de fiscalización por parte de la Administración Tributaria.
¿Está obligado a presentar Precios de Transferencia en 2026?
Alerta Tributaria 2026
Durante el año 2026 deberán cumplir con las obligaciones del Régimen de Precios de Transferencia aquellos contribuyentes del impuesto sobre la renta que, durante el Año Gravable 2025, hayan realizado operaciones con partes vinculadas y cumplan los requisitos previstos en los artículos 260-1 y siguientes del Estatuto Tributario.
Generalmente, estarán obligados quienes:
✔ Realizaron operaciones con vinculados económicos o partes relacionadas en el exterior.
✔ Efectuaron operaciones con vinculados ubicados en Zonas Francas colombianas.
✔ Celebraron operaciones con personas o entidades ubicadas en jurisdicciones no cooperantes, de baja o nula imposición o regímenes tributarios preferenciales.
✔ Superaron los topes patrimoniales o de ingresos establecidos por la legislación tributaria para quedar sometidos al régimen.
En 2026 deberán verificarse, entre otras, las siguientes obligaciones:
- Presentación de la Declaración Informativa de Precios de Transferencia.
- Elaboración y conservación del Informe Local (Local File).
- Elaboración del Informe Maestro (Master File), cuando sea procedente.
- Presentación del Informe País por País (Country by Country Report – CbCR) para los grupos multinacionales obligados.
Vencimientos durante 2026
Los plazos para presentar la Declaración Informativa y la Documentación Comprobatoria correspondiente al Año Gravable 2025 se cumplirán entre los meses de julio y agosto de 2026, de acuerdo con el último dígito del NIT del contribuyente, conforme al calendario tributario expedido por la DIAN.
¿No está seguro si su empresa debe cumplir con estas obligaciones?
En Mcaneki Legal realizamos un diagnóstico previo de Precios de Transferencia, mediante el cual analizamos las operaciones efectuadas con partes vinculadas, verificamos el cumplimiento de los requisitos legales y determinamos si existe obligación de presentar la Declaración Informativa, elaborar el Informe Local, el Informe Maestro o el Informe País por País.
Nuestro acompañamiento permite anticipar riesgos tributarios, evitar sanciones y asegurar el cumplimiento oportuno de las obligaciones frente a la DIAN, brindando a las empresas la tranquilidad de contar con un respaldo jurídico y técnico especializado.